Colaboración en Despojos

Los despojos que sufre el Paraguay sólo pudieron ser realizados con la participación de los consejeros y funcionarios de Yacyretá conjuntamente con el presidente de turno y avalados por el Congreso paraguayo, desde la firma del tratado hasta el día de hoy, por lo que éstos deben rendir cuentas por los daños ocasionados de acuerdo a la ley.

1 comentario:

Afectado dijo...

Los daños ocasionados al patrimonio del Estado asciende a la suma de 7.000 millones de dólares y corresponde a la deuda espuria acumulada. La Constitución Nacional, en el artículo 106º, dispone la responsabilidad personal del funcionario que cometiera transgresiones, delitos o faltas. El Código Penal indica lo siguiente: Art. 192. Lesión de confianza. / 1° El que en base a una ley, a una resolución administrativa o a un contrato, haya asumido la responsabilidad de proteger un interés patrimonial relevante para un tercero y causara o no evitara, dentro del ámbito de protección que le fue confiado, un perjuicio patrimonial, será castigado con pena privativa de libertad de hasta cinco años o con multa. / 2° En los casos especialmente graves la pena privativa de libertad podrá ser aumentada hasta diez años.